sábado, 20 de septiembre de 2014

LA Violencia Sexual en el Conflicto de Mali: Mujeres en Lucha contra la Impunidad

Os presento este artículo en el que estoy trabajando. En cuanto que tenga confirmación de la revista donde se publicará, la facilitaré. 

LA VIOLENCIA SEXUAL EN EL CONFLICTO DE MALI: La Mujer como Víctima y como Protagonista de la Lucha contra la Impunidad
Alicia Cebada Romero



1. Reflexiones Introductorias
El consenso global sobre la existencia de una obligación de prevenir, investigar y castigar la violencia sexual en los conflictos armados se refleja hoy en día en el Derecho internacional, donde se ha consagrado una prohibición amplia de este tipo de violencia, que ha sido calificada como crimen de guerra, como un crimen de lesa humanidad e incluso como un acto de genocidio. Se puede sostener hoy que esta prohibición está recogida en una norma de ius cogens internacional, que no admite ningún tipo de derogación. [1]
Lo que ha ocurrido en Mali durante el conflicto, demuestra sin embargo, lo lejos que estamos de conseguir erradicar esta lacra. Las mujeres no son las únicas víctimas de la violencia sexual, pero sí son las que mayoritariamente la sufren y las que se enfrentan a barreras prácticamente insalvables para acceder a la justicia y para beneficiarse de la asistencia que necesitan para poder recuperarse del trauma físico y psicológico al que han sido sometidas.
La situación actual en Mali refleja con toda claridad la conexión que existe entre justicia y reconciliación nacional. Hasta ahora los esfuerzos realizados por el gobierno maliense, con el apoyo de la comunidad internacional, han resultado insuficientes. En Mali la lucha contra la impunidad de estos crímenes aparece abanderada por las organizaciones de la sociedad civil. En particular son las organizaciones de mujeres las que, lastradas por la precariedad de medios, pero impulsadas por una férrea voluntad, han asumido la tarea de asistir a las víctimas, y  se afanan por documentar e investigar los crímenes y luchar contra la estigmatización de las damnificadas.
El protagonismo de estas organizaciones sirve para recordar que las mujeres no son únicamente víctimas cualificadas de los conflictos armados, sino que también se convierten en actores fundamentales cuya contribución es primordial para el progreso en el proceso de reconciliación nacional.
En las líneas que siguen (Sección 2) vamos a describir el proceso de consolidación de la prohibición de los crímenes sexuales en el ordenamiento jurídico internacional. Seguidamente introduciremos brevemente el conflicto maliense, subrayando el papel que las mujeres han podido desarrollar en su desarrollo y resolución (Sección 3). Después se examinará como ha incidido en este conflicto la violencia sexual, una violencia que hunde sus raíces en los patrones de desigualdad entre hombre y mujer consagrados en el ordenamiento jurídico maliense y en la pervivencia de prácticas contrarias a los derechos humanos (Sección 4). Cerraremos este artículo con un repaso de las iniciativas que se han puesto en marcha hasta el momento por distintos actores para prevenir, investigar y castigar los crímenes sexuales cometidos durante el conflicto. Se verá que todavía no existe un marco integrado y coherente de justicia transicional para abordar con todas las garantías el problema de la violencia sexual (Sección 5). Y se concluirá que se debe dar mayor visibilidad y un apoyo más firme a los esfuerzos que las mujeres están desarrollando desde la sociedad civil, porque son una contribución formidable a la lucha contra la impunidad y a la reconciliación.

CONTINUARÁ.......




[1] ASKIN, Kelly D., War Crimes Against Women: Prosecutions in International War Crime Tribunals, Kluwer Law International, 1997, p. 242; MITCHELL, David S., “The Prohibition of Rape in International Humanitarian Law as a Norm of Ius Cogens: Clarifying the Doctrine”, 15 Duke Journal of Comparative and international Law, 2005, pp. 219-258; McHENRY, James R., “The Prosecution of Rape under International Law: Justice that is Long Overdue”, 35 Vanderbilt Journal of Transnational Law, 2002, p. 1309. 

1 comentario:

  1. Hola Alicia,
    Fundamental lo que planteas. Me ha recordado a los problemas actuales en la situación de las mujeres capturadas por el Estado Islámico. Estaré atenta a tu publicación. Un saludo

    ResponderEliminar

Espero aquí tu comentario. Gracias!

Vistas de página en total